giovedì 17 giugno 2010

¿Un derecho tiene precio?

Las reflexiones de nuestros compañeros en LA VANGUARDIA

El derecho al agua debería ser considerado uno más de los derechos humanos.
La actual y generalizada reivindicación para incluir el derecho al agua como derecho humano, es de una lógica tal que no habría debate si no fuera por los desproporcionados intereses económicos que lastran el acceso a este servicio básico a todos los habitantes del planeta. Cuando la ONU aprobó por unanimidad la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948, no olvidó el derecho al agua o al aire, sino que los consideró obvios al estar incluidos en el derecho a la vida, que incluye disfrutar de un nivel de vida adecuado para la salud y el bienestar, la protección frente a las enfermedades y una alimentación adecuada.
El derecho al agua debería ser considerado uno más de los derechos humanos, que a menudo son usurpados por los intereses del mercado y sus actores. La necesidad de explicitarlo e incluirlo en la Declaración Universal está motivada por la dolorosa contradicción generada en el seno de las sociedades de pretender que sean el mercado y sus dispositivos el eje que estructure y organice la vida social, lo que ha creado importantísimas desigualdades y carencias que es prioritario resolver.

Al hablar del derecho humano al agua nos referimos exclusivamente a la cantidad de agua de consumo para el uso personal y doméstico, 30 o 40 litros por persona y día, potable, salubre, disponible y a un precio asequible. El resto, hasta los 130 litros por habitante y día de la sociedad del bienestar, serían derechos de ciudadanía. Por encima de estas cantidades y hasta el límite de la sostenibilidad estará el agua como factor económico, que, bien regulado, podría estar sujeto a las reglas del mercado.

¿Debe ser esta garantía de acceso al agua y el saneamiento básico, entendida como derecho humano, gratuita? La respuesta es clara: NO. Debe ser asequible y las soluciones para asegurar esas dotaciones deben adecuarse a su sostenibilidad institucional, social, técnica y económica. Además, posibilitaría que se incluyera como tal en las constituciones de todos los países y se traduciría en obligaciones legales. La política tarifaria se debería adecuar a las posibilidades reales de los usuarios, diferentes en cada sociedad y circunstancia. Los estados deben garantizar con estas políticas el cumplimiento de este derecho con tarifas progresivas que penalicen a los mayores consumidores, a diferencias de otros servicios como la electricidad que se abaratan con el incremento del consumo, y con políticas sociales que corrijan las desigualdades garantizando el acceso universal al agua potable y al saneamiento básico.

JAIME MORELL SASTRE, Prof. Asociado de Ingeniería del terreno, Mecánica de medios continuos y Teoría de estructuras en el departamento de Mecánica del Suelo de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Sevilla, Gerente del Consorcio Provincial de Aguas de Sevilla y Voluntario del grupo de Proyectos de Agua en Ingeniería Sin Fronteras Andalucía.

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